Términos y Condiciones - Servicio de Consulta Urgente
1. Naturaleza del servicio y de la organización profesional
El servicio de consulta urgente constituye un contrato de prestación de servicios conforme a los artículos 1251 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN).
La denominación “Pereira & Spina – Abogados” se utiliza únicamente como nombre de fantasía para identificar un convenio de cooperación profesional entre los abogados Dr. Ignacio Spina (CUIT [20-30555901-7]) y Dr. Joaquín Pereira (CUIT [20-30555901-7]), ambos matriculados en el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, quienes actúan en forma autónoma e independiente, cada uno bajo su propia matrícula y en carácter de monotributistas prestadores de servicios profesionales.
El convenio de cooperación implica trabajo colaborativo y coordinación entre los profesionales para la atención de consultas, sin que ello configure una sociedad, estudio jurídico o persona jurídica distinta de los propios abogados. Cada uno asume de manera personal la responsabilidad profesional derivada de su intervención.
2. Objeto del servicio
El servicio de consulta urgente está destinado a brindar atención prioritaria a situaciones jurídicas que, por su naturaleza o inmediatez, requieren respuesta profesional rápida. Comprende principalmente casos penales con necesidad de intervención inmediata (como excarcelaciones, detenciones, allanamientos, notificaciones con plazos breves o citaciones urgentes), sin excluir otros supuestos que, a criterio del profesional interviniente, justifiquen su tratamiento bajo esta modalidad.
3. Inicio del servicio
El servicio comienza una vez acreditado el pago a través de Mercado Pago. Desde ese momento, uno de los abogados se comunicará con el cliente en el siguiente orden de prioridad:
- Teléfono principal informado en el formulario.
- Teléfono secundario (en caso de haberlo indicado).
- Correo electrónico registrado.
4. Imposibilidad de concretar la consulta y devolución
Si dentro de los treinta (30) minutos desde la acreditación del pago no se logra concretar la comunicación para realizar la consulta, por cualquier motivo (incluida la falta de respuesta del cliente o la imposibilidad del profesional de llevar adelante la atención en ese momento), el servicio se considerará no iniciado. En tal caso, se procederá a cancelar la operación y efectuar la devolución total del pago a través de Mercado Pago dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes.
5. Naturaleza de la urgencia
Se considera urgente toda situación que requiera respuesta inmediata o intervención profesional dentro de un plazo inferior a veinticuatro (24) horas. Ejemplos: detenciones recientes, citaciones para el día siguiente, allanamientos en curso o notificaciones judiciales con vencimiento inminente.
Si, al analizar los datos de la consulta, el abogado interviniente identifica que el caso no reúne las condiciones de urgencia (por ejemplo, situaciones que pueden resolverse mediante el servicio de consulta regular), se cancelará la operación y se reintegrará el monto abonado sin costo alguno para el cliente.
6. Alcance del servicio
El pago realizado por el servicio de consulta urgente incluye:
- Comunicación prioritaria con un abogado matriculado.
- Entrevista profesional (telefónica, por videollamada o por correo electrónico, según corresponda).
- Análisis preliminar del caso y orientación jurídica.
- Informe de situación y pasos a seguir.
6.1. Diligencias y actuaciones posteriores
Las diligencias, presentaciones judiciales, actuaciones o gestiones derivadas de la consulta se presupuestarán aparte con los honorarios profesionales correspondientes al servicio regular. Dichos honorarios serán ofrecidos con valores habituales, sin incremento alguno por la modalidad urgente ni por la franja horaria en que deban realizarse.
En todos los casos, el tratamiento procesal del asunto mantendrá la prioridad y celeridad que la situación requiera, garantizando el seguimiento inmediato del caso cuando la urgencia así lo amerite.
7. Compatibilidad con el CCCN
De acuerdo con los artículos 1256 y 1257 del CCCN, los abogados intervinientes se obligan a:
- Ejecutar el contrato conforme a los conocimientos técnicos y jurídicos razonablemente requeridos para la actividad profesional.
- Informar al cliente sobre los aspectos esenciales del cumplimiento de la obligación.
- Prestar el servicio en el tiempo convenido o en el razonablemente exigible por la índole de la urgencia.
Por su parte, el cliente (comitente) se obliga a:
- Pagar la retribución acordada.
- Proporcionar información veraz y colaborar activamente durante el desarrollo de la consulta.
Ambas partes reconocen que este contrato tiene carácter oneroso, bilateral y con causa lícita, ajustado a las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación.
8. Principios profesionales y éticos
Los abogados intervinientes actúan bajo la Ley 23.187 y el Código de Ética del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal. El servicio se presta conforme a los principios de lealtad, probidad, buena fe y diligencia, preservando la dignidad de la profesión y el respeto a la justicia.
Cada profesional mantiene su libertad de actuación (art. 20 del Código de Ética), pudiendo aceptar o rechazar asuntos según la viabilidad o las circunstancias del caso, sin necesidad de expresar los motivos de su determinación.
9. Confidencialidad y protección de datos personales
Los datos personales ingresados en el formulario (nombre, teléfonos, correo electrónico y descripción del caso) son utilizados exclusivamente para establecer contacto y brindar el servicio solicitado. No serán compartidos con terceros ni utilizados con fines distintos al objeto de la consulta.
Toda la información recibida está amparada por el secreto profesional y la normativa vigente en materia de confidencialidad. Solo los abogados actuantes tienen acceso a estos datos.
10. Responsabilidad profesional
El servicio de consulta urgente tiene carácter informativo y orientativo. La atención inicial no implica compromiso de patrocinio ni de representación procesal, salvo acuerdo posterior. Los abogados actúan con la diligencia debida, sin garantizar resultados específicos, conforme al art. 19 inc. a) del Código de Ética y art. 1256 del CCCN.
11. Jurisdicción y ley aplicable
Cualquier divergencia o interpretación vinculada con estos Términos y Condiciones se someterá a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.
El presente contrato se rige por las leyes de la República Argentina.
12. Aceptación de los términos
Al realizar el pago del servicio, el cliente declara haber leído y aceptado los presentes Términos y Condiciones, comprendiendo el procedimiento, los alcances del servicio y las condiciones de devolución.
Estos Términos y Condiciones podrán actualizarse periódicamente para mantener su adecuación a la normativa, al convenio de cooperación profesional y al funcionamiento del servicio.